La Cátedra de Derecho Constitucional de la UCV y el Bloque Constitucional de Venezuela se pronunció en rechazo al procedimiento judicial que avanza en el TSJ para “resolver” la controversia en torno a los resultados electorales. Expertos han insistido en que se trata de funciones que son responsabilidad exclusiva del Poder Electoral.
Caracas. Abogados constitucionalistas, abogados de derecho público y profesores venezolanos Insistieron en la ilegalidad de la intervención del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la revisión y “certificación” de los cuestionados resultados oficiales de las elecciones presidenciales del 28 de julio, que dan como ganador a Nicolás Maduro.
En muchas declaraciones, abogados en Venezuela y fuera de Venezuela ellos hablaron Los documentos explican las consecuencias de la intervención judicial en áreas expresamente reservadas al poder electoral.
Este respecto al recurso introducido 31 de julio pasado de maduro para “disolver” la polémica en torno a los resultados electorales en los que el Consejo Nacional Electoral otorgó la victoria al actual gobierno.
Un recurso “inventado”.
Él Bloque Constitucional de Venezuela, capítulo de España, Habló sobre el procedimiento judicial que se desarrolla en la Sala Electoral del TSJ. Aseguró que quienes dirigen la Justicia “están vinculados a la tendencia política del candidato Maduro y, por tanto, no son independientes ni imparciales”.
También dijo que una decisión sobre el proceso electoral excedió las facultades otorgadas al máximo tribunal por el constituyente. Por tanto, la sentencia, que fue publicada este jueves 22 de agosto, podría implicar usurpación de funciones.
En este sentido, el grupo integrado por 23 integrantes pidió a los integrantes de la Cámara Electoral “no seguir escuchando el inventado e inexistente recurso presentado por el candidato Nicolás Maduro Moros. En cualquier caso, y si no si no inhibidos, Exhorta a los magistrados a desestimar el recurso presentado por el candidato Maduro Moros por no estar previsto en la ley.
Además, instaron a los organismos internacionales y ONG de derechos humanos y organismos de justicia internacional a apoyar la solicitud de “una auditoría de los resultados electorales”.
Este procedimiento, consideran, debe establecerse según lo previsto en la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Es decir, de manera “imparcial y con representación de las partes y observadores internacionales”.
Contra la división de poderes
Ud. Cátedra de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela (UCV) también se ha pronunciado recientemente sobre el procedimiento judicial que lleva a cabo el TSJ tras las elecciones. Lo calificó como un hecho “especialmente grave” que, consideran, afecta la estabilidad no sólo del país, sino de toda la región.
En ese sentido, se han organizado para que se respeten los mecanismos procesales que deben respetarse y necesariamente agotarse. Por ello, han organizado que se respete la voluntad popular emanada del proceso electoral del 28 de julio, en el que la oposición asegura que Edmundo González Urrutia es el ganador con más del 60% de los votos, según copias fehacientes de las actas del CNE. .
El presidente precisó que la función del CNE es “declarar la cancelación total o parcial de las elecciones”. Así que este poder es el único que tiene el deber de “garantizar la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales”.
En un comunicado, explicó que las fases de un proceso electoral están claramente establecidas en las leyes venezolanas y ejecutarlas es tarea del Poder Electoral.
Los profesores recuerdan que en Venezuela se contempla la división de poderes. Por cierto, sostuvieron que la Ley Orgánica del TSJ no otorga a la Sala Electoral de la Corte Suprema “una facultad que le permita conocer una solicitud encaminada a iniciar un proceso de investigación y verificación para certificar de manera ilimitada la resultados”. del proceso electoral realizado el 28 de diciembre de 2024.
El grupo explicó que esto es aún menos práctico si no se presenta primero un recurso electoral contencioso destinado a impugnar los resultados electorales. Una posibilidad que aún no se ha abierto porque el CNE ha omitido la publicación de resultados desagregados en los que se fundamentaría un posible reclamo.
Para el presidente, la activación de la Cámara Electoral para este procedimiento, en los términos en que se produjo la situación, “constituye una abierta violación a la Constitución, desfigura el diseño que garantiza el equilibrio de los Poderes Públicos en perjuicio de los Electorales”. Poder”, contrario al espíritu, propósito y razón de la legislación electoral venezolana.
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La oposición se niega a respetar una decisión del TSJ que “podría convalidar un fraude electoral”.