La Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloque Imperialista y en Defensa de Venezuela establece penas de hasta 30 años de prisión, inhabilitaciones políticas de 60 años, multas millonarias para los medios de comunicación y congelamiento de activos.
Caracas. La lucha contra el “bloque imperialista” y el trabajo en la “defensa del pueblo de Venezuela y su derecho a la paz y la felicidad” fue el argumento con el que se creó y promulgó la ley recientemente. “Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar Contra el Bloque Imperialista y en Defensa de Venezuela”norma que ha despertado la preocupación de la sociedad civil y organismos internacionales ante los ataques a la disidencia.
Este instrumento legal fue creado por el Legislativo en respuesta a la “Ley Bolívar” estadounidense, aprobada el 18 de noviembre por la Cámara de Representantes con el objetivo de detener operaciones comerciales con personas, naturales o jurídicas, que apoyen a la Administración de Nicolás Maduro.
Venezuela respondió con un instrumento legal de 23 artículos que actúa contra personas nacionales o extranjeras que “promuevan, invoquen, apoyen o participen en la imposición de medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas”.
He aquí algunos puntos de la ley por los que fue calificada como “punitiva”, “contra la ley” y como herramienta de persecución a la sociedad civil, como advirtió el relator especial de la ONU (ONU) para la Libertad de Asociación y Asamblea: Gina Romero.
1.penas perpetuas
Contrariamente a la tradición de más de 160 años que deja atrás penas perpetuas, esta norma establece una “pena accesoria de inhabilitación política de hasta 60 años” y penas de prisión de 25 a 30 años sin medidas alternativas para su cumplimiento.
“Artículo 17. En los procesos penales desarrollados para investigar y sancionar los delitos previstos en esta Ley, no serán aplicables fórmulas alternativas para el cumplimiento de la pena”, dice el texto.
Asimismo, el artículo 12 estipula que “toda persona que promueva, incite, solicite, invoque, favorezca, facilite, apoye, financie o participe en acciones armadas o de fuerza, así como en ciberataques que amenacen al pueblo, la soberanía y el territorio venezolano”. integridad de la República Bolivariana de Venezuela o de sus instituciones, por parte de Estados, potencias, corporaciones o personas extranjeras” podrían recibir estas sanciones.
Además, propone multas en bolívares de entre 100.000 y 1.000.000 de veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.
2.Descalificaciones
El artículo 9 de la Ley Simón Bolívar prohíbe a quienes “promoveran, instigaran, solicitaran, invocaran, favorecieran, apoyaran o participaran en la adopción o ejecución” de sanciones contra funcionarios o poderes del Estado de postularse para un cargo electo.
También dice que no son elegibles quienes obtuvieron “lucro o beneficio” de las medidas coercitivas, así como quienes “promovieron, instigaron, solicitaron, invocaron, favorecieron, apoyaron o participaron en acciones armadas o de fuerza contra el pueblo venezolano”. para ser elegido.
Si bien la norma explica que es la Contraloría de la República la que debe acordar la inhabilitación de hasta 60 años, no detalla qué estas acciones se consideran delito en el documento.
Además, se señala que “las acciones para investigar y sancionar los delitos previstos en esta Ley no prescribirán, de conformidad con lo consagrado en la Constitución”.
3.la caza
El artículo 23 de esta ley ordena la creación de un “registro nacional” que permita identificar a quienes “existan motivos fundados para considerar que están involucrados en alguna de las acciones contrarias a los valores y derechos inalienables”. del Estado”.
El texto explica que esta lista tendrá como finalidad “imponer medidas económicas restrictivas, temporales y administrativas, encaminadas a mitigar los daños que sus acciones causan contra la República Bolivariana de Venezuela y su población”.
Entre las medidas a imponer se encuentran el congelamiento de activos, la prohibición de asociarse y la imposibilidad de participar en órganos colegiados, entre otras.
Además, permite que a los extranjeros de esta lista se les prohíba el ingreso al país, se les suspendan las visas o se les nieguen las solicitadas, y estarán sujetos a la medida de expulsión del territorio si se encuentran en Venezuela.
4.Contra los medios
El artículo 21 de la ley se refiere a la difusión de mensajes que sean considerados “publicidad, propaganda o mensajes que promuevan la imposición de medidas coercitivas unilaterales u otras medidas restrictivas o punitivas”.
Los medios que cometan esto, continúa el artículo, pueden ser multados en bolívares por un monto de entre 100.000 y 1.000.000 de veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor según el tipo de cambio oficial.
La revocación de concesión es otra de las medidas que se pueden tomar contra los medios de comunicación en el marco de este instrumento legal.
La ley determina que será la Comisión Nacional de Telecomunicaciones quien imponga la multa o sanción a los medios audiovisuales, electrónicos, redes sociales y medios impresos que cometan los delitos previstos.
5.laguna legal
La “Ley Simón Bolívar” reitera en varios de sus artículos que condena “cualquier conducta o acción que realice, promueva, invoque, favorezca, facilite o apoye acciones contra la seguridad de la Nación y del pueblo venezolano o la imposición de medidas coercitivas unilaterales”. y otras medidas restrictivas o punitivas contra la población.
Sin embargo, expertos en derecho y derechos humanos han considerado que la norma es ambigua y no especifica qué delitos condena.
“Este tipo de legislación vaga y ambigua hace que la discrecionalidad en su aplicación se convierta en una herramienta para controlar la disidencia y la persecución y violencia contra defensores de derechos humanos, activistas y organizaciones de la sociedad civil”, afirmó en su relato X, el Relator de la ONU para la Libertad de Asociación y Asamblea, Gina Romero.
Lea también:
ONG alerta ante leyes que penalizan el ejercicio de los derechos civiles