Ud. Sala Electoral de la Corte Suprema de Justicia (TSJ), anuló todos los actos inconstitucionales e ilegales del Comisión Nacional de Primariassiendo suspendido.
Esta Comisión llevó a cabo el proceso electoral primario el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para “elegir” al candidato presidencial para las elecciones presidenciales de 2024.
En frase 122número de Expediente 2023-0000065publicado por la instancia judicial, en su sitio web, indica que la instancia se declara competente para estudiar el caso.
A continuación se muestra el texto completo de la decisión:
La Sala afirmó:
1) Tu competencia conocer el presente Recurso Contencioso Electoral ejercido con Cautelar Amparo contra la “Comisión Nacional de Primarias” y todos los actos dictados en el “proceso del evento político primario” llevado a cabo el 22 de octubre de 2023, de cara a las próximas elecciones presidenciales del República Bolivariana. de Venezuela en el año 2024.
2) Se acepta el presente Recurso Contencioso Electoral presentado por el ciudadano Diputado de la Asamblea Nacional José Dionisio Brito Rodríguez.Venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad número V- 8.263.861.
3) Se aprueba la solicitud de protección preventiva, y en consecuencia se suspenden todos los efectos de las diferentes fases del proceso electoral realizadas por la “comisión nacional de primarias”.
4) Se ordena a la “Comisión Nacional de Primarias”, de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, enviar a este órgano judicial el Fondo Administrativo, el cual contiene las veinticinco (25) fases que deben regir el Proceso Electoral, desde la Convocatoria y su constitución como Comisión Electoral, pasando por el Calendario Electoral, el Registro Electoral con sus períodos de impugnación y depuración, las Solicitudes con sus períodos de impugnación y depuración, incluyendo el Acta de Aceptación de la Postulación, formulada por la ciudadana inhabilitada firmemente por quince (15) años, María Corina Machado; tales como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, inhabilitado definitivamente por quince (15) años, Freddy Superlano, inhabilitado definitivamente por siete (7) años, y las de todo otro ciudadano que haya decidido renunciar a su candidatura; el Acta del acto celebrado el 22 de octubre de 2023, incluyendo el Acta de Constitución de las Mesas Electorales, las Cartillas de Votación, las Papeletas de Votación, las Actas de Escrutinio, así como el Acta de Totalización Regional, el Acta de Totalización Final, la Ley. de concesión y de proclamación. Asimismo deberá enviar un informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, indicando el mecanismo utilizado para resguardar el material electoral y el lugar designado para tal efecto; todo lo relativo a la solicitud, conforme a lo establecido en el artículo 184 eiusdem, dentro de un plazo de tres (3) días desde el envío contado a partir de su notificación.
5) SE ORDENA la notificación al Fiscal General de la República, el ciudadano Tarek William Saab, en vista de las múltiples y graves denuncias relacionadas con ese evento electoral, formuladas por el diputado José Dionisio Brito Rodríguez, ya identificado anteriormente, y también por otros. representantes de los Poderes Públicos del Estado venezolano y de otros actores políticos, los cuales han sido ampliamente difundidos a través de las redes sociales, que los hechos descritos podrían constituir la presunta comisión de delitos contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presunta comisión electoral delitos y la presunta comisión de delitos comunes.
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Ciudad de Valencia/VTV