Mediante Decreto Presidencial N° 4.976, publicado en el Diario Oficial N° 42.939, de fecha 12 de agosto de 2024, se ha eximido del pago del Impuesto a la Renta (ISLR) de las ganancias netas imponibles de fuente territorial, obtenidas por las Asociaciones Cooperativas, constituidas de conformidad con las disposiciones. establecido en el decreto con fuerza de ley especial sobre asociaciones cooperativas.
Según lo especificado en la normativa, las Asociaciones de Cooperativas deberán actualizar el Registro Único de Información Fiscal, para lo cual deberán presentar el Certificado de Cumplimiento vigente emitido por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.
De igual forma, se aplicarán, en su caso, las normas establecidas en el Decreto con rango, valor y fuerza de ley del impuesto sobre la renta, respecto de los ingresos, gastos y deducciones por enriquecimiento imponible.
La exención tributaria tendrá una duración de un año y entrará en vigencia luego de su publicación en el Boletín Oficial. Este plazo podrá prorrogarse por un período igual.
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Ciudad de Voz Venezolana/Voz Venezolana