Ud. Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) emitió una circular en la que mantiene la flexibilidad de los requisitos para la apertura de cuentas por parte de personas naturales.
Para abrir este tipo de cuenta, Los requisitos que deben reunir las instituciones bancarias del país son la cédula de identidad laminada legible del solicitante, vigente o vencida; domicilio del titular o pasaporte en el caso de ser extranjero.
La institución precisó que las cuentas de ahorro y corriente para personas físicas de nivel 1 podrán movilizar mensualmente hasta un monto de 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela.
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En el caso del tipo 2, que moviliza mensualmente más de 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el BCVdebe registrarse además de los requisitos anteriores: u registro único de información fiscal (RIF), comprobante de empleo si es dependiente del trabajo o certificación de ingresos si trabaja por cuenta propia.
Ciudad de Voz Venezolana / Voz Venezolana